La Comisión Europea ha dado un paso crucial hacia una mayor protección del consumidor con su última Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre responsabilidad por daños causados por productos defectuosos (Núm. 52022PC0495). Esta iniciativa tiene como objetivo principal establecer normas uniformes en los Estados miembros, garantizar el correcto funcionamiento de la economía digital y circular y ayudar a los perjudicados por productos defectuosos a obtener una indemnización más justa.
La propuesta surge como respuesta a la necesidad de adaptar la regulación a los desafíos del mundo digital, la inteligencia artificial y las nuevas formas de distribución a través de plataformas en línea.
Entre los cambios más significativos, se busca clarificar y ampliar el ámbito de aplicación de la regulación, definiendo de manera precisa quiénes son los sujetos afectados y los daños indemnizables. Se introduce la noción de «operadores económicos», que se refiere a toda persona física o jurídica que pone a disposición un producto en el mercado europeo, en el supuesto de tratarse de un fabricante de un país fuera de la Unión Europea, se considerará como operador económico al importador del producto. La Directiva también amplía la responsabilidad de los productos a servicios conexos y programas informáticos.
En la era digital en la que vivimos, la responsabilidad de los fabricantes por productos defectuosos, y la obligación de reparar los daños causados tanto por acto u omisión, e indemnizar a las personas perjudicadas por estos daños se ha ampliado significativamente para cubrir no solo productos defectuosos físicos, sino también software, servicios digitales y archivos de fabricación digital. Sin embargo, se establece como excepción a lo indicado anteriormente el software de código abierto que no esté ofrecido o puesto a disposición por entidades con actividades comerciales.
Además, la propuesta establece que la responsabilidad de los fabricantes se verá comprometida hasta 10 años después de la fecha de puesta en circulación del producto, abordando aspectos como las actualizaciones de software, los riesgos de ciberseguridad y la pérdida de datos. Por otro lado, se introduce una nueva exención de responsabilidad para microempresas o pequeñas empresas que desarrollen programas informáticos. Esta exención protege a dichas empresas si, al momento de lanzar su software al mercado, eran consideradas micro o pequeñas empresas, siempre y cuando otro actor económico sea responsable de los daños causados por dicho software.
Tras un Informe conjunto de las comisiones de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior y Protección del Consumidor, el Parlamento aprobó su posición sobre las normas revisadas en octubre de 2023. Los eurodiputados entablarán ahora negociaciones con el Consejo de la UE sobre la forma final de la legislación, previsto para el primer semestre de 2024 y con implementación en 2026.
En conclusión, la nueva propuesta de Directiva sobre Responsabilidad por Daños Causados por Productos Defectuosos marca un hito significativo para los fabricantes, expandiéndose notablemente esta responsabilidad hacia productos y servicios digitales, implicando que los fabricantes deban asumir una mayor diligencia y responsabilidad en todas las etapas del ciclo de vida del producto. Esto no solo incluye la creación y distribución inicial del software o servicio en la nube, sino también la prestación continua de servicios, actualizaciones de software… Esta ampliación no solo implica una mayor carga regulatoria, sino que también requiere una revisión integral de las prácticas de desarrollo de productos, procesos y responsabilidades comerciales.




