El segundo borrador del Código de Buenas Prácticas en virtud del artículo 50 del Reglamento de IA: cambios clave e implicaciones prácticas
El 3 de marzo de 2026, la Comisión Europea publicó el segundo borrador del Código de Buenas Prácticas sobre la transparencia del contenido generado por IA. El Código se está desarrollando para apoyar el cumplimiento del artículo 50 del Reglamento de IA, que será aplicable a partir del 2 de agosto de 2026 (quedando por confirmar si el paquete Digital Omnibus puede ampliar este plazo). En comparación con el primer borrador, esta versión es notablemente más simplificada: reduce la carga de cumplimiento, introduce mayor flexibilidad y se acerca más a las realidades técnicas a las que se enfrentan los proveedores y los implementadores de IA generativa.
Se espera una versión final en junio de 2026. Aunque su adhesión sigue siendo voluntaria, se prevé ampliamente que el Código se convierta en el referente de facto con el que se evaluará el cumplimiento normativo de las obligaciones de transparencia del artículo 50.
Marcado y detección: un núcleo obligatorio más ajustado
Los proveedores de sistemas de IA generativa están ahora obligados a implementar al menos dos capas activas de marcado legible por máquina, una obligación expresamente vinculada a los criterios del artículo 50(2): eficacia, interoperabilidad, robustez y fiabilidad. También se refuerzan los requisitos de metadatos, esperándose ahora identificadores interoperables, firmas digitales y sellado temporal.
Al mismo tiempo, varias medidas que anteriormente se planteaban como obligatorias, incluyendo la trazabilidad completa de la cadena de procedencia, el marcado a nivel de modelo y la detección forense, pasan a clasificarse como opcionales. El resultado es un marco obligatorio más enfocado, con mayor margen para que los proveedores diseñen soluciones proporcionadas.
En materia de detección, el borrador exige un mecanismo gratuito, accesible e interoperable que produzca resultados comprensibles para usuarios no expertos, con resultados disponibles como documentos descargables firmados digitalmente. Las organizaciones que contraten o integren herramientas de IA deberán verificar que sus proveedores pueden cumplir estos estándares en la práctica.
Etiquetado: flexibilidad frente a taxonomía
El segundo borrador elimina la taxonomía de contenidos introducida en el primer borrador, abandonando la exigencia de clasificar el contenido como “totalmente generado por IA” o “asistido por IA”. El icono europeo sigue siendo la herramienta central de divulgación, pero los firmantes pueden ahora utilizar etiquetas o avisos equivalentes, siempre que cumplan unos estándares mínimos de diseño, incluyendo la visualización destacada del acrónimo “IA”, contraste suficiente y visibilidad desde el primer contacto.
Para los deepfakes integrados en obras artísticas, creativas, satíricas o de ficción, el nuevo borrador permite la divulgación contextual mediante etiquetas o avisos legales, y contempla expresamente contextos no digitales como exposiciones, galerías y formatos físicos, lo que supone una ampliación relevante para los operadores de los sectores cultural y creativo.
En el caso de textos generados por IA sobre asuntos de interés público, la excepción aplicable cuando existe revisión humana y responsabilidad editorial está ahora mejor definida, con una menor carga documental y salvaguardas expresas para la libertad de prensa y la protección de las fuentes periodísticas.
¿Qué significa esto para las organizaciones?
Con la fecha límite de agosto de 2026 acercándose, el segundo borrador indica que el momento de prepararse es ahora. Los proveedores deben evaluar si sus sistemas admiten un marcado multicapa y una detección auditable. Los implementadores deben mapear sus flujos de contenido para identificar dónde surgen obligaciones de etiquetado. Ambos deben revisar sus acuerdos contractuales a lo largo de la cadena de suministro de IA, ya que no se presume que la responsabilidad recaiga únicamente en el proveedor original del modelo.
La tensión entre lo voluntario y lo obligatorio y por qué importa
El Código es formalmente voluntario. Los proveedores y responsables del despliegue pueden adherirse a él como medio para demostrar el cumplimiento del artículo 50, pero los no firmantes no incumplen automáticamente. Sin embargo, esta distinción es menos relevante en la práctica de lo que parece. Cuando un código de buenas prácticas ha sido aprobado por la Comisión, se espera que funcione como referencia principal para que las autoridades nacionales de supervisión del mercado evalúen el cumplimiento, lo que significa que las organizaciones que opten por no adherirse deberán igualmente explicar cómo su enfoque logra un resultado equivalente.
Esta dinámica es habitual en otros instrumentos regulatorios de la UE y genera una consideración estratégica que va más allá del cumplimiento técnico. Las empresas que se involucren pronto con el Código, ya sea como firmantes o alineando sus marcos internos con sus requisitos, estarán mejor posicionadas para demostrar buena fe en caso de escrutinio regulatorio. Quienes se retrasen corren el riesgo no solo de disrupciones operativas antes de la fecha límite de agosto, sino también de partir de una posición menos favorable en cualquier diálogo con las autoridades.
También existe una dimensión competitiva. A medida que el Código converge hacia estándares de interoperabilidad y una iconografía común, las organizaciones que ya los hayan incorporado en sus productos y flujos de trabajo tendrán más facilidad para operar en el mercado de la UE sin necesidad de adaptaciones específicas. Para los proveedores de IA en particular, el Código está configurando cada vez más lo que los clientes empresariales esperarán ver —y exigirán contractualmente— de sus socios tecnológicos.
Si su organización está evaluando sus obligaciones en virtud del marco de transparencia del Reglamento de IA o revisando cómo el Código de Buenas Prácticas se aplica a sus actividades, Across Legal puede ayudarle a diseñar un enfoque de cumplimiento proporcionado y preparado para el futuro.
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